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martes, 23 de octubre de 2012

Regularización de Regimenes especiales durante el período de transición SICE - ECUAPASS


Boletín 223-2012 SENAE


La Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información  del SENAE
Comunica:
“Durante el período de transición en el cual permanecerá activo el SICE, se procederá de la siguiente manera:

1.Para los regímenes 20, 21, 70, 71, 72, 73 y 74 vigentes en el SICE y cuyas compensaciones sean exportados o reexportadas a partir del 21 de Octubre deberán presentar una DAE 40 en el ECUAPASS y además deberán generar un CDA de regularización en el SICE, a fin de compensar las importaciones registradas, tomando en cuenta las siguientes consideraciones:

a.Para los regímenes 20, 70, 71 y 73 el CDA de regularización deberá ser aprobado por parte del funcionario aduanero competente previo a la devolución o acreditación de la garantía.

b.Para los regímenes 21, 72 y 74 el CDA de regularización será autorizado automáticamente por el SICE, debiendo el funcionario aduanero competente revisar el informe de labores previo a la devolución o acreditación de la garantía

2.Para las operaciones de compensación de regímenes especiales vigentes en el SICE, tales como: nacionalización, destrucción de desperdicios, ventas a terceros, regularización de destrucción, compensaciones de almacenes libres y especiales, cambio de obra o cambio de beneficiario y prórrogas de regímenes; se continuará utilizando las herramientas disponibles en el SICE.”


FUENTE: Boletín 266-2012 SENAE.

Nueva ruta de acceso al ambiente piloto del EcuaPass.


Boletín Nº 259-2012

SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR


Se informa a los Operadores de Comercio Exterior que a partir del día 14 de Octubre del 2012, la nueva ruta de acceso al ambiente piloto del EcuaPass seráhttp://portaltest.aduana.gob.ec.
El acceso http://pre-portal.aduana.gob.ec quedó deshabilitado, a partir del 13 de Octubre del 2012 a las 20H00.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.


FUENTE: Boletín Nº 259-2012 del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)

domingo, 14 de octubre de 2012

Nuevas Fechas de Recepción de Trámites Aduaneros.


Boletín 248-2012 SENAE
La Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información del SENAE
Comunica:
Se informa a todos los Importadores, Exportadores, Agentes de Aduana, Navieras, Courier, etc, que tengan presente las nuevas fechas máximas de transmisión en el sistema actual SICE:

Recepción de Trámites Aduaneros

Por lo que es importante tener presente que todos los trámites que sean ingresados en el SICE hasta las fechas señaladas en el cuadro anterior, cerrarán su círculo de proceso en dicho sistema; los trámites que inicien a partir del 22 de octubre se realizarán únicamente a través del nuevo Sistema Aduanero Ecuapass.

El ambiente piloto para que los OCE´S realicen pruebas con el Ecuapass seguirá funcionando. Además el SENAE continuará impartiendo jornadas de capacitación totalmente gratuitas a nivel nacional dirigidas a funcionarios y Operadores de Comercio Exterior. Diariamente se publicará en nuestra página web www.aduana.gob.ec el detalle de las jornadas de capacitación. Cualquier inquietud en torno al tema, dejamos disponible el correo capacitacionsenae@aduana.gob.ec









FUENTE: Boletín 248-2012 SENAE.

Cronograma General de Actividades - Nuevo Sistema Aduanero ECUAPASS


Boletín 246-2012 SENAE
La Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información del SENAE
Comunica:
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador informa que se encuentra a disposición el Cronograma General de Actividades en relación al nuevo Sistema Aduanero EcuaPass. Así mismo informamos que los anteriores comunicados referentes al tema "Cronograma del Nuevo Sistema Aduanero EcuaPass" no se tomen en consideración.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.



FUENTE: Boletín 246-2012 SENAE.

REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE LA RELACIÓN AGENTES DE ADUANA IMPORTADOR EN EL NUEVO SISTEMA INFORMÁTICO DE ADUANA


Boletín 223-2012 SENAE

La Dirección de Proyectos del SENAE
Comunica:
A todos los Operadores de Comercio Exterior y Público en General que de conformidad con el cronograma de actividades a realizarse para la implementación del nuevo sistema informático de aduana denominado “ECUAPASS” que se llevará a cabo el lunes 15 de Octubre del 2012; todo Operador de Comercio: Importador – Exportador, deberá actualizar en el portal de ECUAPASS, el registro del o los Agentes de Aduana que pueden realizar declaraciones aduaneras a su nombre como Importadores - Exportadores.

Esta tarea deberá realizarse a partir del día lunes 1 de octubre, hasta el día jueves 11 de octubre del 2012, cumpliendo los pasos que detallamos a continuación:

OCE: Importador - Exportador
1.- Ingrese al portal de “ECUAPASS”.- https://pre-portal.aduana.gob.ec/
Registrarse como importador - exportador en el ambiente indicado,
Una vez registrado:

Ingrese su código de usuario
Ingrese su clave personal
Pulse el botón “Iniciar Sesión”
Ubique el título “Tramite de Operación”; o, pulse el link “mas”, que se encuentra ubicado en la parte inferior derecha del botón “Iniciar Sesión”
Busque en el menú el enlace 1.1 elaboración de e-doc. Operativo
En el siguiente menú, elija la opción: 1.1.2 Formulario de Solicitud de Categoría.
Seleccione la pestaña “Despacho Aduanero”
Pulse el enlace. "Adm. De relación de OCE y Agente de Aduana".
Aparecerá la información de los agentes de aduana que de acuerdo al registro histórico del SENAE del último año han presentado declaraciones aduaneras a nombre del Importador/Exportador que haya ingresado en el Portal, donde deberá actualizar la información pertinente al Agente de Aduana, que esté habilitado a realizar sus Declaraciones Aduaneras, siguiendo los siguientes pasos:

Seleccione en los campos "Fecha de registro" y "Código de OCEs", año y el tipo de oce´s con el que realizará la actualización de los Operadores Autorizados a prestar servicios a su nombre.
Pulse el botón "consultar" y en la sección resultado aparecerá la información de los Operadores (Agentes de Aduana) que han realizado declaraciones aduaneras en su nombre; pulse sobre uno de los nombres mostrados en el resultado.
Una vez seleccionado el OCE´s podrá realizar las actualizaciones pertinentes para:

Registrar
Modificar
Eliminar
Para lo cual deberá proceder al llenado de información en los combos resaltados a continuación:

Código de OCEs (Identifica al Oce: Importador - Exportador con el que debe realizar la relación, Agente - Importador)
Agente de Aduana (Seleccione él o los Agentes de Aduana autorizados que desee registrar para realizar sus declaraciones aduaneras)
Fecha de Inicio (Se debe expresar la fecha que empezará a realizar declaraciones aduaneras en su nombre)
Fecha de Finalización (Se debe indicar la fecha hasta la que podrá realizar declaraciones aduaneras en su nombre)
Pulse botón registrar, para el caso de registro de nuevos Agentes de Aduana; modificar, en el caso de actualizar datos de un Agente de Aduana autorizado a operar en su nombre; o Eliminar, si ha dejado de realizar declaraciones aduaneras en su nombre.

Siga el mismo proceso para cada Agente de Aduana adicional que esté autorizado por usted para realizar sus trámites aduaneros ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Nota 1: En caso de no realizar la actualización solicitada en el presente boletín, el nuevo sistema informático de aduana ECUAPASS iniciará su operación con los datos del registro histórico de Agentes de Aduana que realizaron las operaciones el año inmediato anterior a nombre de importadores/exportadores.
Nota 2: En caso de existir ajustes o cambios en la dirección indicada para el registro de actualización solicitado en el presente boletín, el SENAE comunicará por esta vía la nueva dirección para realizar las acciones indicada.

Importante de Recordar.- Su token y clave personal de firma electrónica, son de uso exclusivo de cada OCE titular del mismo, evite problemas no deseados por el uso inadecuado de terceras personas.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.


FUENTE: Boletín 223-2012 SENAE

22 DE OCTUBRE, NUEVA FECHA DE SALIDA A PRODUCCIÓN DEL ECUAPASS


Boletín Nº 244-2012


SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR


22 DE OCTUBRE, NUEVA FECHA DE SALIDA A PRODUCCIÓN DEL ECUAPASS
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador  (SENAE), traslada la salida  del nuevo Sistema Informático Aduanero Ecuapass para el próximo lunes 22 de octubre.
Esta decisión surge con el objetivo de permitir  que los Operadores de Comercio Exterior (OCES) continúen familiarizándose con el nuevo esquema de trabajo del Ecuapass.



FUENTE: Boletín Nº 244-2012 del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)

Modificaciones para la importación de CKD´s de televisores clasificados en la subpartida 8528.72.00.10




Resolución Nº 87

COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR

Resuelve:
Artículo 1.- Sustituir el cuadro del Anexo I de la Resolución N° 64, publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 730 de 22 de junio de 2012, referente a CKD deTelevisores clasificados en la subpartida 8528720010, en los siguientes términos:



Esta Resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 19 de septiembre de 2012 y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial


FUENTE: Resolución Nº 87 del Comité de Comercio Exterior (COMEX), publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 801 del 02 de octubre del 2012.

Prorroga para la aplicación del Arancel del Ecuador, aprobado mediante Resolución N° 59 del COMEX


Resolución Nº 86

COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR



Resuelve:
Artículo 1.- Prorrogar la aplicación del Arancel del Ecuador, aprobado mediante Resolución N° 59 del COMEX, para que entre en vigencia a partir del 1 de enero de 2013.
Artículo 2.- Disponer la creación de un grupo interinstitucional coordinado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), para que conjuntamente con las instituciones que tienen a su cargo la emisión de documentos de control previo, se realicen las correlaciones correspondientes a los productos sujetos a documentos de control previo, en las subpartidas que han sufrido modificación por efecto de la emisión del nuevo Arancel del Ecuador, en un plazo máximo de 60 días contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Registro Oficial.
Esta Resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 19 de septiembre de 2012 y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.



FUENTE: Resolución Nº 86 del Comité de Comercio Exterior (COMEX), publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 801 del 02 de octubre del 2012.

Fin de vigencia del diferimiento arancelario a 0%, para la importación de torta de soya clasificada en la subpartida 2304.00.00.00, según la Resolución Nº 54 del COMEX



Resolución N° 54

Comité de Comercio Exterior (COMEX)
 
Resuelve:
Artículo 1.- Diferir a 0% el Arancel Ad valorem para la importación de torta de soya, reformando el Anexo 2 del Arancel Nacional de Importaciones, emitido mediante Decreto Ejecutivo 592, publicado en el Suplemento al Registro Oficial 191 de 15 de octubre de 2007, en los siguientes términos:

CÓDIGO NANDINA
DETALLE DE LA MERCANCIA
AD-VALOREM
OBSERVACIONES
2304.00.00.00
Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en pellets.
0%
Únicamente para 600.000 TM por el período de 4 (cuatro) meses contados a partir de su publicación en el Registro Oficial


Artículo 2.- El diferimiento arancelario establecido en el artículo 1 de esta Resolución, incluye la exoneración del pago del Derecho Variable Ad valorem, establecido por el Sistema Andino de Franja de Precios, SAFP.

Artículo 3.- Se dispone al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP, verifique el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte de la industria beneficiaria de este diferimiento:

1. La absorción anual (ciclo verano) de la totalidad de la cosecha nacional de soya en grano o su equivalente en torta, a los precios fijados por el MAGAP. Los volúmenes de importación de torta de soya que efectúen las industrias balanceadoras serán proporcionales a los porcentajes de la absorción de la cosecha nacional de grano de soya o su equivalente en torta de soya del año calendario inmediatamente anterior, los mismos que serán establecidos por el MAGAP. Los pequeños productores avícolas, porcícolas y acuícolas, etc., no agremiados, para ser beneficiarios del cupo de importación deberán absorber la producción nacional y las facturas de compra deberán registrarse en la Unidad de Registro, Transacciones y Facturación, URTF, del MAGAP;

2. Registrar las facturas de las compras de soya en grano y torta de soya, en la Unidad de Registro de Transacciones y Facturación — URTF del MAGAP, cuyo mecanismo será el requisito básico para las importaciones de torta de soya; y

3. El MAGAP garantizará la entrega de torta de soya importada por parte de la industria balanceadora a los pequeños productores avícolas, porcícolas y acuícolas no asociados, a precios similares a los entregados a los productores agremiados.

Artículo 4.- El mantenimiento o ampliación de este diferimiento arancelario estará sujeto a una evaluación trimestral, que se encarga al Servicio de Rentas Internas, conjuntamente con el MAGAP y la Secretaría Técnica del COMEX, quienes deberán presentar al COMEX los respectivos informes técnicos relativos al monitoreo, evaluación de precios y facturación de alimentos balanceados.

Artículo 5.- El Ministerio de Industrias y Productividad, en el plazo de tres meses posteriores al diferimiento deberá presentar a la Secretaría Técnica del COMEX un análisis de factibilidad de instalar en el país una industria de estrujado de soya.

Artículo 6.- El Ministerio de Industrias y Productividad, y el Ministerio de Finanzas, presentarán a la Secretaría Técnica del COMEX un análisis sobre la pertinencia de mantener este producto dentro del Sistema Andino de Franja de Precios.

Esta Resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 18 de de abril de 2012 yentrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.


FUENTE: Resolución Nº 54 del Comité de Comercio Exterior (COMEX), publicada en el Registro Oficial 711 del 28 de Mayo de 2012