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domingo, 26 de junio de 2011

Acuerdo Marco suscrito entre el Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela

Resolución N° 15
Comité de Comercio Exterior (COMEX)
Resuelve:
Artículo 1.- Disponer al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración presentar un informe pormenorizado de lo negociado con la República Bolivariana de Venezuela a nivel técnico frente a los textos suscritos la República del Ecuador, en el contexto del Acuerdo Marco suscrito por ambos países, debido a que dicha negociación no contempla varios aspectos técnicos de importancia sustantiva para el Ecuador, por cuanto no se han obtenido beneficios en reglas de origen y en la eliminación de medidas para-arancelarias, que permitan un acceso real al mercado Venezolano.
Artículo 2.- Disponer al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración plantee a la contraparte venezolana la necesidad de que los equipos negociadores se reúnan a la brevedad, con la finalidad de re¬abrir las negociaciones de los temas pendientes en materia de origen, eliminación de trabas no arancelarias (certificados de producción, disponibilidad de divisas, entre otros), salvaguardia cambiarla, con la finalidad de evitar la inclusión de disposiciones que podrían lesionar los intereses del Ecuador, sobre la base de lo establecido en el Acuerdo Marco de 2010 suscrito por ambos países.
Artículo 3.- Disponer que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración mantenga informado al COMEX sobre los avances de las negociaciones con la República Bolivariana de Venezuela.
La presente Resolución fue aprobada por el Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), en sesión celebrada el 30 de mayo de 2011 y entrará en vigencia a partir de su publicación el registro oficial.

FUENTE: Resolución N° 15 COMEX, Comité de Comercio Exterior

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