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jueves, 7 de junio de 2012

Diferimiento Arancelario para los medidores eléctricos clasificados en las subpartidas 9028.30.10.00 y 9028.30.90.00


Resolución N° 60
Comité de Comercio Exterior (COMEX)
Resuelve:

Artículo 1.- Aprobar un diferimiento Arancelario de las subpartidas 9028.30.10.00 y 9028.30.90.00, en los siguientes términos:

Código NANDINA
DETALLE DE MERCANCÍA
AD – VALOREM
OBSERVACIONES
9028.30.10.00
- - Monofásicos
0%
Únicamente para la importación de medidores eléctricos que serán entregados a empresas eléctricas y cuyo proceso de contratación se haya iniciado antes del 8 de abril de 2012
9028.30.90.00
- - Los demás
0%
Únicamente para la importación de medidores eléctricos que serán entregados a empresas eléctricas y cuyo proceso de contratación se haya iniciado antes del 8 de abril de 2012

Artículo 2.- Para la ejecución de este beneficio, el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable certificará la cantidad de procesos que se hayan iniciado antes del 8 de abril de 2012, con el número de medidores por adquirirse y el monto del proceso contractual desarrollado por las distintas empresas eléctricas, a su cargo, a efectos de que la Secretaría Técnica del COMEX coordine con la autoridad aduanera la operatividad del diferimiento.

Esta Resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 17 de mayo de 2012 y entrará en vigencia sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial



FUENTE: Resolución N° 60 del Comité de Comercio Exterior (COMEX).

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