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martes, 19 de junio de 2012

Se establece un diferimiento arancelario a 0% ad-valorem, para la importación de insumos para el sector agropecuario.



Resolución Nº 61 COMEX

Comité de Comercio Exterior
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar un diferimiento arancelario, en los siguientes términos:
Código NANDINADETALLE DE LA MERCANCÍAAD-VALOREMOBSERVACIONES
2102.20.00.00-Levaduras muertas, los demás microorganismos monocelulares muertos0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
2309.90.20.00--Premezclas0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
2309.90.30.00--Sustitutos de la leche para alimentación de terneros0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
2924.29.40.00- - - Propanil (ISO)0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.10.20.00--Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.20.20.00--Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.32.20.00---Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.39.20.00---Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.40.20.00--Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.50.20.00--Para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3004.90.30.00--Los demás medicamentos para uso veterinario0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3805.91.11.00---- Que contengan permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos del piretro    0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3808.91.92.00---- Que contengan permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos del piretro    0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014
3808.91.94.00---- Que contengan dimetoato    0%Vigente hasta el 31 de diciembre d 2014

Esta Resolución fue adoptada en sesión llevada a cabo el 17 de mayo de 2012 y 
estará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial


FUENTE: Resolución Nº 61 del Comité de Comercio Exterior COMEX.

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