Boletin No.: 379 - 2012
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
Se comunica a todos los Exportadores que, con el objetivo de facilitar el proceso de registro electrónico de ingreso en el sistema ECUAPASS de las Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE), en cualquiera de sus regímenes, transmitidas por vía aérea; y, con el fin de unificar los procesos realizados en los Distritos Aéreos de Quito, Guayaquil y Latacunga, se procedió con la creación de las siguientes cuentas de correo electrónico:
Cabe indicar que la creación de las cuentas electrónicas anteriormente expuestas surgen por la necesidad que la información de las Declaraciones de Exportación que deben ser registradas por parte del SENAE lleguen a un mismo medio único oficial.
Así mismo el Exportador en cuanto al proceso de registro de ingreso de exportaciones debe estrictamente tener en consideración lo siguiente:
Inmediatamente después de generada la Declaración Aduanera de Exportación, deberá mediante correo electrónico arriba indicado y según al distrito que le corresponda, solicitar el registro de ingreso a la Zona Primaria, con los siguientes datos:
En el campo “ASUNTO” del correo electrónico se deberá colocar el nombre del Exportador y el número de la declaración aduanera.
Para los Distritos de Guayaquil y Latacunga cuya carga a exportarse sea PERECIBLE, el registro electrónico de ingreso de la DAE de Exportación en el ECUAPASS, se efectuará por una sola vez por cada Declaración Aduanera de Exportación.
Únicamente para el Distrito de Quito cuya carga a exportarse fuere SECA y/o PERECIBLE, el registro electrónico de ingreso de la DAE de Exportación en el ECUAPASS, se efectuará por una sola vez por cada Declaración Aduanera de Exportación.
Por todo lo antes expuesto, lo publicado en el boletín No. 273 del 2012 CONTROL ADUANERO EN EL INGRESO DE LAS MERCANCÍAS A ZONA PRIMARIA DE EXPORTACIÓN POR VÍA AÉREA en cuya parte pertinente indica lo siguiente: “el exportador inmediatamente después de ocurrida la operación de ingreso de mercancía a la Zona Primaria (a la Paletizadora), deberá presentar al delegado de turno de la Dirección de Zona Primaria en el distrito aduanero respectivo, la información de pesos y bultos recibidos proporcionada por la Paletizadora por cada Declaración, para el correspondiente registro electrónico del ingreso en el sistema ECUAPASS”, sólo aplica para la carga SECA que fuere a exportarse o por el Distrito de GUAYAQUIL y/o el Distrito de LATACUNGA.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.
FUENTE: Boletín No. 379-2012 Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)
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